DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA
EN CONGRESO, 4 DE JULIO DE 1776
DECLARACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
REUNIDOS EN CONGRESO GENERAL
Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los lazos políticos que le unían a otro, y asumir entre las potencias de la Tierra la posición separada e igual a que las leyes de la Naturaleza y del Dios de la Naturaleza le dan derecho, un decente respeto a las opiniones de la Humanidad requiere declarar las causas que le impelen a la separación.
Sostenemos que estas verdades son por sí mismas evidentes: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos se encuentran la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para asegurar estos derechos se instituyen entre los hombres gobiernos, los cuales derivan sus justos poderes del consentimiento de los gobernados; que cuandoquiera que alguna forma de gobierno se torna destructiva de estos fines es derecho de las gentes alterarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno, poniendo sus fundamentos en los principios y organizando sus poderes de la forma que juzguen que más verosímilmente llevará a su seguridad y felicidad. La prudencia, ciertamente, dictará que un gobierno largamente establecido no se cambie por causas leves y transitorias; y, de acuerdo con esto, la experiencia ha mostrado siempre que los hombres están más dispuestos a sufrir, mientras puedan sus males sufrirse, que a hacerse justicia aboliendo las formas a las cuales están acostumbrados. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, que persiguen invariablemente el mismo fin, atestigua el designio de someterles a un absoluto despotismo, es su derecho, es su deber, derribar a un tal gobierno y proveer nuevas garantías para su futura seguridad. Tal ha sido el paciente sufrimiento de estas colonias, y tal es ahora la necesidad que las constriñe a modificar sus anteriores sistemas de gobierno. La historia del presente rey de la Gran Bretaña es una historia de repetidas injurias y usurpaciones, todas las cuales tienen como directo objeto el establecimiento de una tiranía absoluta sobre estos estados. Para probar esto, sométanse los hechos a un mundo imparcial.
Ha rehusado su sanción a leyes, las más saludables y necesarias para el bien público.
Ha prohibido a sus gobernadores aprobar leyes de inmediata y apremiante importancia, a menos que fueran suspendidas hasta la obtención de su sanción; y, una vez suspendidas, ha omitido por completo prestarles atención.
Ha rehusado aprobar otras leyes para el acomodo de grandes comunidades, a menos que renunciaran al derecho de representación en la legislatura, un derecho inestimable para ellas, y temible para los tiranos solamente.
Ha convocado a los cuerpos legislativos en lugares inusuales, incómodos y distantes del lugar de depósito de sus archivos públicos, con el solo propósito de fatigarlos hasta que se plegasen a sus disposiciones.
Ha disuelto repetidamente Cámaras de Representación, por oponerse con viril firmeza a sus invasiones de los derechos de las gentes.
Ha rehusado por largo tiempo, tras tales disoluciones, convocar nuevas elecciones; por donde los poderes legislativos, incapaces de aniquilación, han vuelto al pueblo en pleno para su ejercicio; quedando el estado entretanto expuesto a todos los peligros de invasiones externas y convulsiones internas.
Se ha esforzado en evitar la población de estos estados; con tal propósito ha obstruido las leyes de naturalización de extranjeros, rehusando aprobar otras que alentasen sus migraciones aquí, y ha elevado las condiciones para nuevas apropiaciones de tierras.
Ha obstruido la administración de la justicia, rehusando su sanción a leyes para el establecimiento de poderes judiciales.
Ha hecho a los jueces dependientes de su sola voluntad para el ejercicio de sus cargos y el monto y pago de sus salarios.
Ha erigido una multitud de nuevos cargos, y enviado aquí enjambres de funcionarios para acosar a nuestra gente y devorar su sustancia.
Ha mantenido entre nosotros, en tiempo de paz, ejércitos en pie de guerra, sin el consentimiento de nuestras legislaturas.
Ha influido para volver a los militares independientes de y superiores al poder civil.
Se ha confabulado con otros para sujetarnos a una jurisdicción ajena a nuestra Constitución, y no reconocida por nuestras leyes, otorgando su sanción a sus actos de pretendida legislación:
Para acuartelar entre nosotros grandes unidades de tropas armadas;
Para protegerlas, por medio de un juicio fingido, del castigo por cualesquiera asesinatos que cometieran entre los habitantes de estos estados;
Para interrumpir nuestro comercio con todas las partes del mundo;
Para gravarnos con impuestos sin nuestro consentimiento;
Para privarnos, en muchos casos, de los beneficios del juicio por jurado;
Para transportarnos allende los mares para ser juzgados por supuestas ofensas;
Para abolir el libre sistema de las leyes inglesas en una provincia vecina, estableciendo en ella un gobierno arbitrario, y ampliando sus límites, como para volverla a un tiempo un ejemplo y un instrumento adecuado para introducir el mismo gobierno absoluto en estas colonias;
Para arrebatarnos nuestras Cartas, aboliendo nuestras leyes más preciosas, y alterando fundamentalmente las formas de nuestros gobiernos;
Para suspender nuestras legislaturas propias, y declararse ellos mismos investidos del poder de legislar por nosotros en todos los casos.
Ha abdicado su gobierno aquí, declarándonos fuera de su protección y haciéndonos la guerra.
Ha saqueado nuestros mares, devastado nuestras costas, incendiado nuestras ciudades, y destruido las vidas de nuestra gente.
Está, en estos momentos, transportando grandes ejércitos de mercenarios extranjeros para completar las obras de muerte, desolación y tiranía, ya comenzadas con circunstancias de crueldad y perfidia, con apenas paralelo en las más bárbaras edades, y totalmente indignas de la cabeza de una nación civilizada.
Ha obligado a nuestros conciudadanos cautivados en alta mar a tomar las armas contra su país, a convertirse en verdugos de sus amigos y hermanos, o a caer ellos a sus manos.
Ha excitado insurrecciones entre nosotros, y se ha esforzado en traer sobre los habitantes de nuestras fronteras a los despiadados indios salvajes, cuya conocida ley de guerra es la indistinta destrucción de todas las edades, sexos y condiciones.
En cada fase de estas opresiones hemos solicitado su remedio en los más humildes términos: nuestras repetidas peticiones han sido respondidas solamente con repetidas injurias. Un príncipe cuyo carácter está de tal modo marcado por todo acto que puede definir a un tirano es indigno de ser el gobernante de un pueblo libre.
Y no hemos sido deficientes en atenciones hacia nuestros hermanos británicos. Les hemos advertido de tanto en tanto de los intentos de su legislatura de extender sobre nosotros una jurisdicción injustificable. Les hemos rememorado las circunstancias de nuestra migración y establecimiento aquí. Hemos apelado a su natural justicia y magnanimidad, y les hemos conjurado por los lazos de nuestra común estirpe a denunciar esas usurpaciones, que inevitablemente habrían de interrumpir nuestra unión y correspondencia. También ellos han sido sordos a la voz de la justicia y de la consanguinidad. Debemos, por tanto, reconocer la necesidad que proclama nuestra separación, y considerarlos, como consideramos al resto de la Humanidad, enemigos en la guerra y, en la paz, amigos.
Nosotros, por tanto, los representantes de los Estados Unidos de América, reunidos en congreso general, apelando al Supremo Juez del mundo por lo que atañe a la rectitud de nuestras intenciones, en el nombre y por la autoridad de las buenas gentes de estas colonias, solemnemente publicamos y declaramos que estas colonias son, y por derecho deben ser, estados libres e independientes; que quedan absueltas de toda lealtad a la Corona británica, y que cualquier conexión política entre ellas y el estado de Gran Bretaña queda y debe quedar totalmente disuelta; y que, como estados libres e independientes, tienen completo poder para declarar la guerra, concluir la paz, contraer alianzas, establecer comercio, y para realizar todos los actos y hacer todas las cosas que los estados independientes pueden por derecho hacer. Y en apoyo de esta declaración, con firme confianza en la protección de la Divina Providencia, mutuamente empeñamos nuestras vidas, nuestras fortunas y nuestro sagrado honor.
John Hancock
New-Hampshire: Josiah Bartlett; Wm. Whipple; Matthew Tornton.
Massachusetts-Bay: Saml. Adams; John Adams; Robt. Treat Paine; Elbridge Gerry.
Rhode-Island & Providence, &c.: Step. Hopkins; William Ellery.
Connecticut: Roger Sherman; Saml. Huntington; Wm. Williams; Oliver Wolcott.
New-York: Wm. Floyd; Phil. Livingston; Frans. Lewis; Lewis Morris.
New-Jersey: Richd. Stockton; Jno. Witherspoon; Fras. Hopkinson; John Hart; Abra. Clark.
Pennsylvania: Robt. Morris; Benjamin Rush; Benja. Franklin; John Morton; Geo. Clymer; Jas. Smith; Geo. Taylor; James Wilson; Geo. Ross.
Delaware: Caesar Rodney; Geo. Read; (Tho. M:Kean).
Maryland: Samuel Chase; Wm. Paca; Thos. Stone; Charles Carroll, of Carrollton.
Virginia: George Wythe; Richard Henry Lee; Ths. Jefferson; Benja. Harrison; Thos. Nelson, jr.; Francis Lightfoot Lee; Carter Braxton.
North-Carolina: Wm. Hooper; Joseph Hewes; John Penn.
South-Carolina: Edward Rutledge; Thos. Heyward, junr.; Thomas Lynch, junr.; Arthur Middleton.
Georgia: Button Gwinnett; Lyman Hall; Geo. Walton.
04 julio 2006
Cuando en el curso...
Como la traducción del Cato Institute de la Declaración de Independencia que enlaza Daniel se me hace algo rara, y aprovechando que tenía una hecha, allá va:
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2 comentarios:
Muchas gracias Marzo.
No había vista la entrada ... Me viene de perlas ahora que estoy leyendo sobre el tema.
Saludos
ahora mismo de lo leo!!
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